por Ilya Shapiro
Ilya Shapiro es Académico Titular del Cato Institute, especializado en estudios constitucionales.
Algunos libertarios no tienen una posición definida acerca de lo que
la Corte Suprema debería hacer cuando se le presentan desafíos a leyes
de los estados que no permiten el matrimonio homosexual.
Mientras que a los adultos se les debería permitir hacer lo que deseen
mientras que no perjudiquen a otros, ¿no es la legislación familiar una
función esencial de la soberanía de los estados en la cual el gobierno federal —incluyendo al poder judicial— no debería intervenir?
Esta intuición no sorprende, porque a los libertarios generalmente les gusta el federalismo.
Particularmente en esta época en la que hay un poder ejecutivo cada vez
más intrusivo y que cada vez rinde menos cuentas, señalamos nuestras
constituciones de bolsillo y demandamos que se respete la Cláusula de Comercio, la Décima Enmienda y otras protecciones estructurales de la libertad.
De hecho, el federalismo “es más que un ejercicio para fijar el límite
entre las distintas instituciones del gobierno para que gocen de su
propia integridad”, escribió el juez Anthony Kennedy para la opinión
unánime del caso EE.UU. v. Bond
(en inglés) de 2011 (que volverá a la Corte Suprema este otoño). “Al
negarle a cualquier gobierno la jurisdicción completa sobre todo lo que
concierne a la vida pública”, agregó Kennedy, “el federalismo protege la
libertad del individuo ante el poder arbitrario”. Si el gobierno
federal actúa más allá de la envergadura de sus cuidadosamente
enumerados poderes, entonces no es mejor que una mafia armada.
Por lo tanto me enorgullecido de haber escrito opiniones legales a nombre del Cato Institute en asuntos que van desde la confinación civil de quienes cometen delitos sexuales (en inglés) hasta el mandato individual de Obamacare (en inglés) e incluso acerca de la Ley del Derecho a Votar
(en inglés). No cedo ante nadie cuando se trata de luchar para mantener
al gobierno federal dentro de sus límites constitucionales.
Y a pesar de todo esto, hablar del federalismo es irrelevante cuando se
trata del matrimonio homosexual porque no hay evidencia aquí de que el
gobierno federal estaría excediendo su autoridad legal. En cambio, en Hollingsworth v. Perry, los demandantes argumentan que la Proposición 8 de California les niega inadecuadamente el derecho fundamental a casarse en virtud de la Catorceava Enmienda.
En otras palabras, el caso Perry trata sobre reclamos porque un estado
está violando los derechos constitucionales del individuo, no de que el
gobierno federal está ejerciendo poderes que no posee.
La demanda no es una invención novedosa diseñada para evitar aplicar las
provisiones estructurales de la Constitución, sino el tipo de cuestión
detrás de la cual los libertarios se ubican sin controversia en temas
como los derechos relacionados al porte de armas, los derechos de
propiedad e incluso el derecho de ser libre de búsquedas y decomisos
arbitrarios. Y así como no hubo un problema relacionado al federalismo
cuando la Corte Suprema declaró inconstitucional en el caso McDonald v. Chicago
(en inglés) la prohibición en esa ciudad de portar armas, tampoco
habría un problema relacionado al federalismo si declarase
inconstitucional ahora la prohibición del matrimonio homosexual.
Tampoco pretendo sugerir que el caso Perry es un caso sencillo que los
demandantes ganarán fácilmente. Lo que estoy diciendo es simplemente que
el caso trata acerca de si tratar a las parejas de distinta forma según
su orientación sexual es constitucionalmente válido. Perry pregunta si
las cláusulas del debido proceso y de la igualdad ante la ley
de la Catorceava Enmienda protegen el derecho reclamado de casarse con
alguien del mismo sexo (Para efectos de transparencia: Cato publicó una opinión legal
(en inglés), que firmé, argumentando que la cláusula de la igualdad
ante la ley de hecho requiere que los estados permitan que las parejas
homosexuales se casen —aunque en mi mundo ideal el gobierno no estaría
metido en el negocio de otorgar permisos para casarse a nadie).
Déjeme expresar el principio de fondo: Si la ley de un estado viola un
derecho constitucionalmente protegido, la Corte Suprema federal tiene la
autoridad constitucional de derogar esa ley. De hecho, si las cortes
federales no hacen esto —si practican la “abdicación” o “pacifismo”
judicial— fracasan en su deber constitucional. Por supuesto, si la
acción del estado no llega a causar un perjuicio constitucional, en ese
caso las cortes deberían fallar a favor del Estado.
Así que si es inconstitucional que el estado de California discrimine de
acuerdo a la orientación sexual cuando concede licencias para casarse,
entonces una decisión en contra de la Proposición 8 simplemente
reivindicaría los derechos constitucionales de los individuos. No
obstante, si es que hay una razón contundente para hacer la distinción
—ya sea porque, por ejemplo, promueve la crianza de niños— entonces
California puede seguir haciendo lo que está haciendo. De cualquier
forma, el poder de California de regular el matrimonio no está implicado
—así como su poder sobre la legislación criminal no estuvo en duda en
2011 cuando la Corte Suprema encontró que la prohibición en ese estado
de los videojuegos violentos violaba la Primera Enmienda.
En resumen, aquellos que argumentan que a las cortes federales no les
corresponde vigilar la legislación matrimonial de los estados se están
olvidando que las enmiendas de la Guerra Civil, particularmente la
Catorceava, alteraron fundamentalmente —perfeccionaron— nuestro
federalismo. Desde 1868, cuando los estados violan los derechos
individuales, tienen que responderle a las cortes federales.
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