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Zapatero-Rajoy: pacto en la Constitución
El pacto de Estado anunciado ayer en el Congreso de los Diputados para incluir en la Constitución una regla de estabilidad presupuestaria que afecte tanto al déficit público estructural como a la deuda pública y que vincule al conjunto de las administraciones públicas -el presidente del Gobierno dixit- supone un cambio sustancial en la política económica española de nuestra democracia.
Desde el punto de vista interno, una limitación así no ha existido hasta ahora. Es cierto que se podría interpretar que la Constitución de 1978 contiene alguna previsión al respecto -aunque no en los artículos del Título VII referidos a Economía y Hacienda-, cuando, en su Artículo 40, señala como marco general de la política económica el de la política de estabilidad económica. Sin embargo, la concreción de este mandato constitucional se ha interpretado en general como un conjunto de iniciativas del policymaker orientadas a la estabilización de la actividad frente a los vaivenes de los ciclos económicos, sin ninguna limitación en aquello referido a la estabilidad presupuestaria, como la de no sobrepasar un determinado nivel de déficit público.
Es decir, hasta ahora había un mandato constitucional de estabilidad económica sin un mandato de estabilidad presupuestaria. De hecho, la historia de la política económica de la democracia española se ha caracterizado por déficits públicos que podríamos calificar de endémicos -la excepción no hace sino confirmarlo- y de gran variabilidad en algunos momentos, como en 1993 o 2009, aunque también con reducciones continuadas de deuda pública, especialmente en el decenio expansivo de 1997 a 2007.
Desde el punto de vista externo, la firma del Tratado de Maastricht, y sobre todo el pacto de estabilidad de la zona euro, supuso dos claras limitaciones a la política presupuestaria nacional que no se preveían en el texto constitucional y que España tuvo que aceptar. Por un lado, se situó un techo para el déficit público en el 3 por ciento del PIB y otro para la deuda pública en el 60 por ciento del PIB. Fue condición sine qua non para la entrada en la moneda única y, a partir de 1997, más allá de la intensidad con la que se presentara el crecimiento económico anual, se podía predecir con relativa facilidad cuál iba a ser el nivel de déficit, del mismo modo que se podía anticipar una reducción adicional de la deuda pública. Se podría decir que España, como los otros países de la UME, asumió como regla de política económica lo establecido en los Pactos de Estabilidad derivados de Maastricht.
Sin embargo, aquello duró poco. Al entrar en el presente siglo, las recesiones de los países centrales europeos de la zona euro -especialmente Alemania y Francia- pusieron de manifiesto que lejos de ser una regla, el incumplimiento del Pacto de Estabilidad Presupuestaria no suponía ningún tipo de penalización, ni una amenaza para la continuidad de los países dentro de la UME. A partir de 2008, para algunos países, entre ellos España, lejos de ser un impedimento, gastar a discreción se convirtió en una consigna, con el fin de estabilizar la economía y, de paso, asegurar el buen funcionamiento del sistema financiero, sin reparar en el déficit resultante ni en la bola de nieve de la deuda pública. Fue una victoria pírrica de la discrecionalidad en política económica, que no ha tardado mucho en evidenciarse como un camino equivocado, no sólo para alejarse de otros mandatos constitucionales como el objetivo de pleno empleo, sino para poner de manifiesto que esos excesos de discrecionalidad del policymaker han puesto en jaque la solvencia financiera y económica del conjunto de la economía nacional.
El anuncio de ayer no elimina la discreción con la que cada gobernante entiende los objetivos e instrumentos de la política económica, pero les va a poner un coto reglado, al menos en el ámbito presupuestario. Además, confirma que el próximo Gobierno de España, sea quien sea, se compromete con el horizonte de consolidación fiscal a 2013 y más allá, en 2018, con la limitación de déficit estructural y de deuda, bien calibrados ya, como un límite constitucional a las actuaciones presupuestarias de cualquier Ejecutivo futuro.
Miguel Cuerdo Mir es profesor titular de Economía Aplicada de la Universidad Rey Juan Carlos.
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