18 julio, 2012

Los errores del liberalismo clásico (Hoppe)

 Hans-Hermann Hoppe.

La Idea de una Sociedad de Derecho Privado

Liberalismo Robinson CrusoeSólo, en su isla, Robinsón Crusoe puede hacer cualquier cosa que le plazca. Para él no existen preguntas con respecto a reglas organizadas de conducta humana – cooperación social – simplemente no salen a flote. Esta pregunta sólo puede surgir una vez llegue una segunda persona a la isla, Viernes. Mas aún, la pregunta en gran parte no es pertinente mientras no exista escasez.

Supongamos que la isla es el Jardín del Edén; todos los bienes externos están disponibles en superabundancia. Son “bienes gratuitos,” tal como el aire que respiramos el cual es normalmente “gratis”. Cualquier cosa que Crusoe haga con estos bienes, no tendrán repercusiones – ni con respecto a su futuro suministro ni al suministro presente ni futuro de bienes para Viernes (y viceversa). De ahí que, es imposible que haya conflictos entre Crusoe y Viernes con respecto al uso de tales bienes. El conflicto es posible solamente si los bienes son escasos. Sólo entonces surgirá la necesidad de formular reglas que hagan posible una cooperación social ordenada y libre de conflictos.
En el Jardín del Edén existen sólo dos bienes escasos: el cuerpo físico de la persona y el espacio en que se para. Crusoe y Viernes tienen sólo un cuerpo y pueden pararse sólo en un lugar en determinado momento. De ahí que, aún en el Jardín del Edén puedan surgir conflictos: Crusoe y Viernes no pueden ocupar el mismo espacio simultáneamente sin entrar en conflicto físico el uno con el otro.
Por consiguiente, aún en el Jardín del Edén deben existir reglas de conducta social ordenada – reglas con respecto a la ubicación y al movimiento apropiado de los cuerpos humanos. Fuera del Jardín del Edén, en el reino de la escasez, debe haber reglas no sólo para el uso de los cuerpos personales sino también para todo bien escaso, y así poder excluir toda posibilidad de conflictos. Este es el problema del orden social.

La concepción liberal clásica del orden social.

En la historia del pensamiento social y político, se han hecho innumerables propuestas para solucionar el problema del orden social, y esta variedad de propuestas, mutuamente incompatibles, con frecuencia ha contribuido a que la búsqueda de una solución única y “correcta” se haya considerado ilusoria. Pero si existe una solución correcta. No hay razón para sucumbir al relativismo moral. La solución ha sido conocida durante centenares de años. En tiempos modernos esta solución sencilla ha sido íntimamente asociada con el liberalismo clásico.
Permítanme formular la solución, primero para el caso especial representado por el Jardín del Edén y subsiguientemente para el caso general representado por el mundo “real” donde todo es escasez y luego indicaré brevemente porqué esta solución debe ser considerada justa y además, económica.
En el Jardín del Edén, la solución es proporcionada por una sencilla regla que establece que todos puedan colocar o mover su propio cuerpo dondequiera les plazca, con la condición que nadie esté ocupando ese mismo espacio al mismo momento. Fuera del Jardín del Edén, en el reino de la escasez, la solución es aportada por cuatro reglas correlacionadas.
Primero, cada persona es la dueña adecuada de su propio cuerpo físico. ¿Quién más, si no Crusoe, debería ser el dueño del cuerpo de Crusoe? De otro modo, se constituiría en un caso de esclavitud, y ¿no es acaso la esclavitud injusta sino, además, antieconómica?
En segundo lugar, cada persona es dueña adecuada de todos los bienes recibidos de la naturaleza, que él mismo haya percibido como escasos y haya puesto en uso antes que cualquiera otra persona, por medio de su cuerpo. ¿En verdad, quien más, sino el primer usuario, debería ser su dueño? ¿El segundo o el tercero?
Si fuera esto así, la primera persona no realizaría su acto de apropiación original, y así la segunda persona llegaría a ser la primera, y así sucesivamente. A nadie, nunca, le sería permitido realizar un acto de apropiación y la humanidad original desaparecería al instante. Alternativamente, el primer usuario, junto con todos los rezagados, llega a ser copropietario de los bienes en cuestión. Entonces no podría evitarse el conflicto, porque, ¿qué hace uno si varios copropietarios tienen ideas incompatibles acerca de lo que quieren hacer con los bienes en cuestión? Esta solución sería también antieconómica porque reduciría el estímulo para utilizar por primera vez aquellos bienes percibidos como escasos.
En tercer lugar, toda persona que con la ayuda de su cuerpo y sus bienes originalmente apropiados, genere nuevos productos, llegará a ser en consecuencia el dueño adecuado de éstos, provisto sólo que en el proceso de producción no dañe físicamente los bienes de otras personas.
Finalmente, una vez que los bien han sido apropiados por primera vez, ó han sido producidos, su propiedad puede ser adquirida sólo por medio de transferencias voluntarias y contractuales del título de propiedad de un dueño previo a otro posterior. La institución de la propiedad privada y en particular el establecimiento de la propiedad privada por medio de la apropiación original se han catalogado con frecuencia como “convenciones”. Sin embargo, debe aclararse que esta premisa es falsa. La convención sirve un propósito siempre que exista una alternativa. Por ejemplo el alfabeto latino sirve el propósito de comunicación escrita. Existe una alternativa, el alfabeto cirílico. Por esta razón el alfabeto es una convención.
¿Cual, es entonces, el propósito de las normas de acción? ¡Evitar todo conflicto posible! Las normas que generan conflicto son contrarias al verdadero propósito de las normas. Sin embargo, con respecto al propósito de evitar conflictos, las dos instituciones mencionadas no son convencionales; ninguna alternativa a ellas existe. Sólo la propiedad privada hace posible evitar conflictos que de otra manera son inevitables; y sólo el principio de adquisición de la propiedad por acción de la apropiación original, realizada por individuos específicos, en tiempos y ubicaciones específicos, han hecho posible evitar conflictos desde el principio de la humanidad.

La aplicación del orden social: El papel del Estado en el liberalismo clásico.

Tan importante como es este descubrimiento, sin embargo, nos deja con otro problema aún más difícil. Incluso si todos sabemos cómo evitar todo conflicto posible, e incluso si todos sabemos que al hacerlo así, a largo plazo, la prosperidad de todos en derredor llegará al máximo, no es cierto que siempre todos estemos interesados en evitar los conflictos ni las consecuencias de nuestras acciones. De hecho, siendo la humanidad como es, siempre existirán asesinos, ladrones, asaltantes, maleantes, y estafadores, o personas que no actúan de acuerdo con las reglas establecidas, y la vida sería imposible en la sociedad si los criminales no son disuadidos de sus actuaciones. Para mantener la ley y el orden, es necesario que los miembros de la sociedad estén preparados y equipados para presionar a cualquiera que no respete la vida y la propiedad de los demás, para que respete las reglas de la sociedad. ¿Cómo y a través de quién se llega a la aplicación de la ley y del orden?
La respuesta dada por los liberales clásicos y por casi todos los demás es bien conocida. La tarea imprescindible de mantener la ley y el orden es la única función del Estado. ¿Cómo se define el Estado, entonces? Un Estado no es simplemente una firma especializada. Convencionalmente, el Estado está definido como una agencia que posee dos características únicas. Primero, el Estado es una agencia que ejercita un monopolio territorial con toma de decisiones de última instancia.
Eso es, es el último árbitro en todo caso de conflicto, incluyendo los conflictos que el mismo Estado implica, y no permite apelación superior a si mismo. Además, el Estado es una agencia que ejercita un monopolio territorial de impuestos. Eso es, es una agencia que fija unilateralmente a los particulares el precio que se debe pagar por el servicio de mantener la ley y el orden.

Errores del liberalismo clásico.

Es muy difundida la visión liberal clásica con respecto a la necesidad de la institución del Estado como proveedor de la ley y del orden, sin embargo, argumentos bastante elementales, económicos y morales, muestran como esta visión puede estar enteramente sesgada.
Entre economistas y filósofos políticos, una de las tesis más extensamente aceptadas es la de que todo “monopolio” es “malo” desde el punto de vista de los consumidores. Aquí, el monopolio es entendido como un privilegio exclusivo otorgado a un sólo productor de bienes o servicios, o como la ausencia de “libre entrada” en una línea particular de producción. Por ejemplo, sólo una agencia, A, puede producir un bien dado o servicio, X. Tal monopolio es “malo” para los consumidores porque, protegido contra la entrada de nuevos participantes potenciales en un área dada de producción, el precio del producto será más alto y de calidad más baja que en condiciones competitivas. Por consiguiente, es de esperarse que la ley y el orden proporcionados por el Estado sean excesivamente costosos y de calidad particularmente baja.
Sin embargo, este es sólo el más leve de los errores. El monopolio del gobierno no es como cualquier otro monopolio, tal como el de la leche, ni como el monopolio de coches que saca productos de baja calidad con precios altos. La agencia del gobierno es extraordinaria entre todas las otras agencias porque produce no sólo cosas buenas sino también malas. En realidad debe producir cosas malas para poder producir algo que pudiéramos considerar un bien.
Como hemos anotado, el gobierno es el juez último en todo caso de conflicto, inclusive en conflictos en que él mismo está implicado. Consecuentemente, en vez de prevenir y resolver conflictos, un monopolio de última instancia provocará conflictos adicionales para resolver el caso a su favor. Eso es, si uno sólo puede apelar al gobierno por justicia, la justicia estará pervertida en favor del gobierno, a pesar de la constitución y los tribunales supremos. De todas maneras, se trata de constituciones y tribunales del gobierno, y cualquier limitación en la acción del gobierno que ellos puedan encontrar será decidida invariablemente por agentes de la mismísima institución. Previsiblemente, las definiciones de propiedad y protección serán alteradas continuamente y la escala de la jurisdicción ampliada en favor del gobierno. El concepto de una ley eterna e inmutable que debería primar, desaparecerá y será reemplazada por la idea de la ley como legislación – una ley tan flexible como toda ley emanada del Estado.
Todavía peor, el Estado es un monopolio de impuestos, y mientras los que reciben los impuestos – los empleados del gobierno – la consideran como algo bueno, los que deben pagar los impuestos consideran el pago como algo malo, como un acto de expropiación. Como agencia en términos de protección de vida y propiedades, sostenida con impuestos, la mera institución del gobierno no es nada menos que una contradicción. Es un expropiador protector de propiedades, que “produce” cada vez más impuestos y siempre menos protección. Incluso si el gobierno limitara sus actividades exclusivamente a la protección de la propiedad de sus ciudadanos, como los liberales clásicos han propuesto, surgiría la pregunta adicional de cuánta seguridad debe producir. Motivados, como están todos, por intereses personales y la inutilidad del trabajo, pero equipados con el poder extraordinario de imponer tasas e impuestos, la meta de un agente de gobierno será invariablemente llevar al máximo los gastos en protección, y es concebible que gran parte de la riqueza de una nación pueda ser consumida por el costo de dicha protección, reduciéndose al mismo tiempo su alcance. Mientras más dinero pueda uno gastar y menos deba uno trabajar para producir, mejor se estará.
En suma, la estructura de los estímulos inherentes a la institución del gobierno no es una receta para la protección de vida y propiedad, sino una receta para maltratos, opresión, y explotación. Esto es lo que nos muestra la historia de los Estados. Es primordialmente la historia de incontables millones de vidas humanas arruinadas.

Errores multiplicados: Liberalismo democrático.

Una vez que el liberalismo clásico asumió erróneamente que la institución del gobierno era necesaria para la conservación de la ley y del orden, surgió la siguiente pregunta: ¿Cuál forma convencional de gobierno es mejor para la tarea entre manos? Mientras la respuesta liberal clásica a esta pregunta no fue de manera alguna unánime, fue aún perfectamente fuerte y clara. La forma tradicional de gobierno señorial o real era aparentemente incompatible con la idea añorada de derechos humanos universales, porque se trataba de un gobierno basado en el privilegio. Por consiguiente, fue excluida. ¿Cómo, entonces, podría encuadrarse la idea de universalidad de los derechos humanos con el gobierno? La respuesta liberal fue la de abrir la participación y la entrada en el gobierno de igual a igual, para todos, por la vía de la democracia. A cualquiera – ni siquiera se limitó a alguna clase hereditaria de nobles – le fue permitido llegar a ser funcionario del Estado y ejercitar todas las funciones del gobierno.
Sin embargo, esta igualdad democrática ante la ley es algo enteramente diferente e incompatible con la idea de una ley universal, igualmente aplicable a todos, en todas partes, y en todos los tiempos. De hecho, el cisma y la desigualdad objetables anteriormente de la más alta ley de los reyes versus la ley subordinada de sujetos ordinarios se preservan completamente bajo la democracia en la separación del derecho público versus el derecho privado y la supremacía del anterior sobre el último. Bajo la democracia, todos son iguales en lo que se refiere a que la entrada está abierta para todos en términos igualitarios. En una democracia no existen privilegios personales ni personas privilegiadas. Sin embargo, existen los privilegios funcionales y las funciones privilegiadas. Siempre y cuando actúen en calidad oficial, los funcionarios públicos son gobernados y protegidos por la ley pública, con lo cual ocupan una posición privilegiada en relación con personas que actúan bajo la mera autoridad del derecho privado, fundamentalmente en que les es permitido sostener sus propias actividades por medio de impuestos cargados a sujetos de derecho privado. El privilegio y la discriminación legal no desaparecerán. Al contrario. Antes que estar restringidos a príncipes y nobles, el privilegio, el proteccionismo, y la discriminación legal estarán disponibles para todos y pueden ser ejercitados por todos.
Previsiblemente, entonces, bajo condiciones democráticas la tendencia de todo monopolio de aumentar los precios y disminuir la calidad es más pronunciada.
Como monopolio hereditario, el rey o el príncipe consideraban el territorio y las personas bajo su jurisdicción como sus bienes muebles y se dedicaban a explotar monopolísticamente su “propiedad”. Bajo la democracia, el monopolio, y la explotación monopolística no desaparecen. Incluso si a todos se les permite entrar el gobierno, no por eso se elimina la distinción entre gobernantes y gobernados. El gobierno y el gobernado no son uno y la misma persona. En vez de un príncipe que considera el país como su propiedad privada, un guardián temporal e intercambiable es puesto monopolísticamente a cargo del país. El guardián no es dueño del país, pero mientras esté en su oficio le es permitido utilizarlo para ventaja de si mismo y de sus protegidos. Tiene el uso actual – el usufructo – pero no su capital social. Esto no elimina la explotación. Al contrario, hace la explotación menos calculada, llevada a cabo con poca o ninguna consideración del capital social. La explotación es miope y se promueve sistemáticamente el consumo del capital.

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