01 junio, 2011

España: La liberticida Ley Antitabaco

TRIBUNA

España: La liberticida Ley Antitabaco

Juan Ramón Rallo

constituye una agresión en toda regla al derecho de propiedad de los dueños de locales abiertos al público

Aclaremos conceptos. La nueva Ley Antitabaco que entró en vigor a comienzos de 2011 en España y que prohíbe fumar en todo espacio abierto al público —sea éste de titularidad estatal o privada— no es una agresión a los derechos de los fumadores. Los fumadores no tienen el más mínimo derecho por la sencilla razón de que no son sujetos de derecho con entidad propia: son personas y como tales sí poseen derechos, pero entre ellos no se incluye, por motivos que no deberían merecer mayor comentario, el de fumar allí donde les plazca.

La ley, en cambio, sí constituye una agresión en toda regla al derecho de propiedad de los dueños de locales abiertos al público. En concreto y para no andarnos con medias tintas, estamos ante una nacionalización de su potestad para decidir si en su propiedad puede fumarse o no. En este sentido, la normativa es radicalmente liberticida, del mismo modo en que lo es toda nacionalización. Luego podrán salir liberales que harán de su capa un sayo y que, con algún rocambolesco argumento, la vean con buenos ojos al tiempo que, por ejemplo, defienden que el Estado no debe meter sus narices en las relaciones laborales o que no debe exprimirnos a impuestos; mas ello ni vuelve liberal a la normativa ni antiliberales en todo lo demás a esos liberales.

Pero lo peor de esta ley, siendo gravísimo este ataque a la propiedad privada, no es tanto que el Estado nos arrebate nuestros derechos —una vez más— cuanto la sumisa, complaciente y jolgoriosa actitud que han adoptado muchos españoles. Lo peor, pues, no es que los políticos nos quieran robar, atracar y subyugar —que es lo suyo—, sino que seamos nosotros quienes por conveniencia o Síndrome de Estocolmo justifiquemos a nuestros verdugos.

En primer lugar, los hay que nunca van a un bar y que piensan que esto no va con ellos: “Que hagan lo que quieran, a mí no me afecta”. Pensamiento ingenuo que cree poder desentenderse de la voracidad del intervencionismo de un Estado dentro de cuyas fronteras esa persona está residiendo. La estructura jurídica —y de la económica derivada— de una sociedad nos afecta a todos, y la expropiación de una parte de los derechos de propiedad nos concierne a todos de análogo modo a cómo nos afectaría a todos la nacionalización de cualquier industria —aun cuando no guardáramos relación con ella— o la abolición de la libertad de prensa —aun cuando no leyéramos periódicos—. Por desgracia, no hay bunkers contra el Estado, pues ya se ha encargado de nacionalizarlos todos.

En segundo lugar, nos encontramos con los propietarios de locales que, en lo que podría considerarse un comportamiento esquizofrénico, están encantados con la ley. Claro que, en realidad, no existe tal esquizofrenia, sino que estamos más bien ante el típico caso de productor ineficiente que busca eliminar a la competencia. No hay duda de que a muchos propietarios de locales abiertos al público les molestaba que se fumara dentro de su establecimiento. Como propietarios poseían, hasta hace un mes, la potestad de permitir fumar o de prohibirlo, pero si optaban por esta segunda opción, que era más compatible con sus preferencias personales, perdían demasiada clientela a favor de una competencia que sí permitía fumar, lo que erosionaba gravemente su cuenta de resultados. Un caso paradigmático de soberanía del consumidor en el mercado: aunque el propietario era soberano para gestionar sus dominios, no lo era para decidir cómo ganar dinero, facultad esta última que le correspondía únicamente al consumidor.

Con la prohibición global a fumar, pues, muchos propietarios de locales han conseguido hacer prevalecer sus preferencias sobre las de sus clientes merced a eliminar la competencia. El caso no se diferencia demasiado del de un productor con costes altísimos que presiona al gobierno para que decrete precios mínimos, esto es, para que prohíba que su competencia venda a precios más bajos que los suyos. Empresarios codiciosos y prepotentes de este estilo los habrá siempre en un mercado libre, la cuestión es si un gobierno debiera canalizar sus deseos despóticos en forma de ley. No se trata de que ellos renuncien voluntariamente a sus derechos de propiedad, sino que aplauden que el Estado les expropie a sus competidores los suyos propios.

Luego nos topamos con los fumadores que consideran la ley como un incentivo para su desintoxicación: “Carezco de fuerza de voluntad para dejar de fumar, así que necesito que el gobierno me ponga trabas”. El punto flaco de esta justificación es que, como señalábamos al principio, la ley no limita los derechos de los “no fumadores que quieran ver restringidos sus derechos para dejar de fumar”, sino los de los propietarios de locales en general. El discurso es tan ridículo como el de solicitar que se prohíba la venta de alcohol para curar la alcoholemia, el sexo para combatir la ninfomanía o las enfermedades de transmisión sexual, los casinos para evitar la ludopatía o los centros comerciales para favorecer el ahorro. Sólo el mayor de los desprecios hacia los derechos individuales puede llevar a defender la violación generalizada de los mismos como un sustitutivo a la falta de fuerza de voluntad para corregir malos hábitos.

Y por último hay que hacer ineludible mención a los no fumadores, los presuntos beneficiarios de la norma cuyos “derechos” se pretende defender. Lo esencial, claro, es que si, como decíamos al principio, los fumadores no tienen derechos per se, los no fumadores tampoco los tienen; de ahí que sea del todo falso que la norma restablezca unos derechos que no existen. Al contrario, en todo caso la ley constituye un salvoconducto, una positivización, un refrendo estatal a la violación de los derechos de propiedad por parte de los no fumadores. No había conflicto jurídico alguno que el gobierno, como legislador, tuviera que solventar en tanto en cuanto no se producía ninguna colisión de derechos: aquí tan sólo se han aplastado los derechos de los dueños de locales, de un modo similar al que se violarían los derechos de propiedad de mi casa si me impidieran fumar en ella en presencia de mis invitados o si me forzaran a corregir la decoración de mi residencia para no irritar o dañar la sensibilidad estética de mis huéspedes.

El derecho de los no fumadores a no inspirar el humo en locales abiertos al público estaba perfectamente protegido desde el momento en que no se les obligaba por la fuerza a entrar en ninguno de ellos. Al decidir libremente quedarse fuera de una propiedad privada ajena, todos salían ganando: el propietario retenía el uso y disfrute pleno de su dominio; los clientes que disfrutaran o a quienes no les molestara lo suficiente el humo podían entrar y gozar de su estancia en las condiciones delimitadas por el propietario, y los clientes que valoraran más no tragarse el humo a entrar en el local, podían quedarse fuera (y buscar otro local donde no estuviera permitido fumar… si es que existía una demanda lo suficientemente intensa por ese servicio y los no fumadores valoraban lo suficiente encontrarlo como para ponerse a buscarlo).

Los habrá que considerarán que no poder entrar en cualquier propiedad privada abierta el público sin imponerle a su dueño sus condiciones supone una violación de sus derechos como clientes. Pero, ¿qué derechos? Dejémonos de cabriolas y piruetas éticas para intentar justificar un atropello: no existe ningún derecho ni a entrar en locales abiertos al público, ni a disfrutar de vida social en bares y restaurantes, ni a someter al propietario a los caprichos personales. Si así fuera, cuando el dueño de un bar decidiera cerrarlo, tomarse unas vacaciones o incluso servirnos un menú dietéticamente desaconsejable para nuestra salud estaría violando nuestros derechos. ¿O acaso no supondría una agresión a nuestro derecho a entrar en su local, a tener vida social y a imponerle nuestros caprichos? Nuestros derechos supondrían su esclavitud: demasiada inconsistencia en un razonamiento cuyo corolario, además, sólo puede ser que el Estado debe garantizarnos el derecho al “ocio” asegurando una correcta provisión del mismo en todas las villas, aldeas, pedanías, pueblos, barrios y ciudades de España. Un derecho de tercera o cuarta generación tan disparatado como el derecho al paisaje, a la cultura o a una vivienda digna.

Es más sencillo y decoroso llamar a las cosas por su nombre: aquí hemos asistido a una nacionalización parcial de los derechos de propiedad. Sin más. Luego podremos revestir esa indiscutible agresión con el ropaje de la “defensa de los derechos de los fumadores” y demás barrabasadas, del mismo modo en que otros hablan de justicia social, solidaridad intergeneracional o derechos históricos para justificar otras abiertas agresiones a la libertad individual y a la propiedad privada. Pero al menos, puestos a mentir, tengamos presente que (nos) estamos mintiendo. Lo peor sería olvidar que aquí se está reprimiendo la libertad y que, por tanto, el mal ejemplo puede extenderse a otros campos de nuestras relaciones sociales sin merma alguna de los derechos individuales.

Ah y por cierto, no fumo, ni soy propietario de un local abierto al público ni tengo particular interés en que se fume en mi presencia. Por si alguien, a la muy marxista manera, pensaba que sólo estaba racionalizando mis explotadores intereses de clase capitalista y fumadora

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