por Alfredo Bullard
Alfredo Bullard es un reconocido arbitrador latinoamericano y autor de Derecho y economía: El análisis económico de las instituciones legales. Bullard es socio del estudio Bullard Falla y Ezcurra Abogados.
¿Qué distancia debería existir entre un congreso y un centro educativo? Sugiero que doscientos metros. Hay que proteger a nuestra
juventud.
Cuanto más cerca esté el parlamento
de un colegio o una universidad,
más probable será que nuestros
niños y jóvenes escuchen debates
plagados de absurdos y sean testigos
del mal ejemplo y de un uso inadecuado
de la razón.
Los niños podrían aprender que
la propiedad no existe, que los contratos
no deben cumplirse, y que
los derechos no deben respetarse
y pueden ser borrados por alguna
ocurrencia pintoresca. Podrían
creer que robar luz o televisión por
cable o falsificar documentos son
conductas de lo más normales. O
considerar que es legítimo que las leyes
se den para favorecer a la familia
o a los amigos.
Ojalá algún parlamentario, en un
acto de desprendimiento y humildad,
decida presentar un proyecto
de ley en el que se prohíba que el
congreso, y en general cualquier
oficina parlamentaria, pueda funcionar
tan cerca de donde el futuro
del país recibe su educación.
Pero dudo que ello ocurra.
Hablando de distancias y
malos ejemplos, veamos una
de las últimas ocurrencias
de estos particulares personajes.
Se les ha ocurrido que
no se podrá vender licor a
menos de 200 metros de
un centro educativo de
cualquier nivel.
No se podrá vender
ni en tiendas, ni en
bares, ni en restaurantes,
ni en supermercados.
Saque su cuenta.
Doscientos metros significa
que en un centro educativo
que ocupe una manzana tendría por lo menos doscientos cincuenta mil metros cuadrados
(como veinte manzanas)
sin venta de licor. Si hay
otros centros educativos en
la zona el área puede crecer
y crecer y crecer, creando
áreas enormes en la ciudad
en las que virtualmente se habría
creado una ley seca permanente.
Y cada vez que se instale un nuevo
centro de estudios habrá que expulsar
a todos los que vendan alcohol
en las inmediaciones.
¿Y los derechos de las personas? ¿Y
si invertí en un negocio de venta de
licor o un restaurante o cebichería donde la gente va a tomarse
sanamente unos traguitos?
¿Ahora cómo recupero mi
inversión? ¿Dónde quedan
mis derechos?
Claro que nos dirán que
están protegiendo a la juventud.
Me parece muy bien que no
se les venda licor a menores. Pero
la respuesta a eso es la prohibición
(que ya existe) de venta a menores
y no la prohibición de venta en toda
una zona. Si el Estado es incapaz de
fiscalizar efectivamente el cumplimiento
de la ley, ello no es excusa
para prohibir toda una actividad. Es como cubrir la incapacidad de hacer
cumplir las reglas de tránsito con
una prohibición para que circulen
los automóviles.
En el supuesto de que tal barbaridad
fuera constitucional, en el
análisis costo-beneficio del proyecto
no está contemplado como costo
la indemnización que el Estado, de
acuerdo al artículo 205 de la Ley del
Procedimiento Administrativo General,
tendrá que pagar a todos los
comerciantes y empresas afectadas.
Según esta norma, la revocación de
un permiso o autorización, como la
que existe para vender bebidas alcohólicas
(incluso, de acuerdo al
artículo 203 de la citada norma,
cuando la revocación se base en
una ley) genera el derecho a ser
indemnizado. Ello solo desarrolla
lo que dice la Constitución:
nadie puede
ser privado de
la propiedad
(que incluye
las titularidades
vinculadas a su uso y explotación)
sin el pago previo de una
indemnización.
Esta figura, contemplada en
el Perú, y conocida como expropiación
blanca o expropiación
regulatoria, vive oculta en la
ignorancia de los congresistas
que ni siquiera saben del enorme
costo que el Estado tendrá que
asumir por su gracia, pagando
por el flujo de venta que todos los
comerciantes y empresas afectadas
perderán. ¿De dónde va a
salir ese pago? ¿Del sueldo de los
congresistas?
Sí, mejor mantengámoslos alejados
de nuestra juventud. Son
seres muy peligrosos.
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